Deben disponer del carnet, las personas que realicen actividades relacionadas con la utilización o manipulación de productos fitosanitarios, siempre que no esté registrados como JED (Jardinería Exterior Doméstica) y que no sean o generen gases tóxicos o muy tóxicos conforme al Real Decreto 1311/2012 (BOE 223 de 15 de septiembre). Con dicho carnet, se confirma que ha recibido la formación necesaria en cuanto su utilización y que cumple con la normativa al respecto.
Según se indica en el BOE Num. 223, Sec. I. Pág. 65127 de 15 de septiembre de 2012:
"...el personal auxiliar de tratamientos terrestres y aéreos, los agricultores que los realicen en su propia explotación sin emplear personal auxiliar y el personal auxiliar de la distribución que manipule productos fitosanitarios."
Debe ser mayor de 18 años pero no tiene limitación en cuanto a máximo de edad, siempre y cuando no tenga ninguna limitación médica que le impida utilizar dichos fitosanitarios o alguna incapacidad relacionada con esta actividad profesional.
Tiene una validez de 10 años.
Debe renovarse antes de la caducidad, a ser posible iniciar los trámites dos meses antes de la fecha de caducidad, a fin de realizar la formación y los trámites administrativos antes de que haya vencido.
El carnet se puede utilizar en todo el territorio español, siendo válido en todas las comunidades autonómicas y teóricamente en todo el territorio Europeo, independientemente de la Comunidad Autónoma donde se haya expedido.
La única salvedad es que cada comunidad puede tener una legislación al respecto, tanto para su tramitación, como las tasas para su obtención y los requisitos administrativos particulares.
El poseedor de un carnet fitosanitario expedido en una comunidad autónoma puedo realizar tratamientos fitosanitarios en otras.
Pueden solicitarle el carnet las autoridades que vigilan y controlan la utilización de productos que pueden tener un impacto ambiental y/o ecológico, los centros donde se compran estos productos, así como las entidades de gestión de tratamiento de residuos.
En caso de haber realizado la formación pero no disponer aún del carnet de fitosanitarios, debe disponer de una copia o el original del certificado de haber recibido dicha formación y homologada para la actividad que esta realizando y mostrarla a quien proceda, para justificar que su carnet de manipulador de productos fitosanitarios esta en proceso de expedición.
Niveles de capacitación.
Estará exento de la obligación de realizar el correspondiente curso quien solicite el carné que habilita para nivel cualificado, según lo establecido en el apartado 1 b), y pueda acreditar que posee: